PELUQUERÍA Y ESTÉTICA

 

Se dedicarán a prestar servicios exclusivamente desde el punto de vista estético, aplicando técnicas y productos cosméticos, quedando excluidos los destinados a prevención, diagnósticos y curación de enfermedades, así como los destinados a ser ingeridos, inhalados, inyectados o implantados en el cuerpo humano. En estos casos la gestión es competencia del organismo de Salud correspondiente.
Las Peluquerías o Centro de Estética de nuestro País, podrán desarrollar gran variedad de técnicas, solas o combinadas entre sí.

Gestión de licencia para Peluquería y Estética

 

Pueden ser:

  • Depilación eléctrica.
  • Hidroterapia.
  • Ionización.
  • Electro estimulación.
  • Masaje manual.
  • Presoterapia.
  • Sistema de sudación.
  • Rayos U.V.A., láser e infrarrojos, y todas aquellas que cuenten con autorización sanitaria.

CONDICIONES TÉCNICAS Y NORMATIVA DE CADA TIPO:

1. Peluquería y Estética

Los locales destinados a Peluquerías o Centros de Estética tendrán los siguientes requisitos:

Image module

Condiciones técnicas para cada tipo de actividad

 

Condiciones Técnicas de los Locales para
PELUQUERÍAS:

 

  • Pila para lavado del material e instrumentos.
  • Zona de lavado de cabezas.
  • Técnica de desinfección de esterilización para instrumentos.
  • Dependencia independiente para depilación.
  • Aseos separado por sexos con anteservicio.

 

Condiciones Técnicas de los Locales para
CENTROS DE ESTÉTICA:

 

  • Dos cabinas de estética con lavabo.
  • Ducha.
  • Aseo separado por sexos con anteservicio.

 

Condiciones Técnicas de los Locales para
INSTITUTOS DE BELLEZA:

 

  • Más de dos cabinas de estética con lavabo.
  • Aseo separado por sexos con anteservicio.
  • Aseo para el personal.
  • Vestuarios para uso de los clientes y duchas.

Normativa de aplicación

 

En este tipo de establecimientos deberá tenerse en cuenta toda la normativa de aplicación, debiendo prestar especial atención a:

 

  • el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM),
  • la Ley 2/2012 de dinamización de la Actividad Comercial,
  • la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano (OGPMAU),
  • la Ordenanza de Protección de la Salubridad Pública (OSP),
  • la Ordenanza de Publicidad Exterior (OPE),
  • la normativa específica de esta actividad,
  • el Código Técnico de la Edificación, en especial a sus Documentos Básicos
  • Seguridad en caso de Incendio (CTE-DB-SI).
  • Seguridad de Utilización y Accesibilidad (CTE-DB-SUA).
Image module

Arquitectos e Ingenieros

Image
— GESTIONAMOS Y TRAMITAMOS TU LICENCIA
Tel. 91 0108600
C/Lérida 78
local b,
28020 Madrid

Nuestros servicios principales están adaptados a sus necesidades. Especialistas en la gestión de licencias.

Llámanos

91 0108600

Más Información

He leído y estoy de acuerdo con el aviso-legal-y-politica-de-privacidad de esta página

PÁGINA PRINCIPAL