Actividad Industrial

LICENCIAS DE ACTIVIDAD INDUSTRIAL

La industria es el conjunto de procesos y actividades que tienen como finalidad transformar la materia prima en productos elaborados. Se puede clasificar en tres grupos: industria pesada, industria en equipo e industria ligera.

Dentro del uso industrial encontramos tres grandes tipos:

NAVES INDUSTRIALES:

También engloba naves industriales dedicadas a almacenaje, logística y transporte. La complejidad, el impacto ambiental, los vertidos y las emisiones, justifican que deban ser proyectadas y dirigidas por técnico competente mediante el correspondiente Proyecto Técnico de Actividad.

ALMACENES:

Naves Industriales o locales destinados a la permanencia de mercancía de forma continuada. La mercancía almacenada será calificada de baja, media o alta combustibilidad.

TALLERES ARTESANALES:

Pequeña industria, talleres artesanales donde se transforme materia prima en elaborada.
Se caracteriza por su configuración y ubicación en relación con su entorno. Su nivel de riesgo intrínseco

CONDICIONES TÉCNICAS Y NORMATIVA DE CADA TIPO:

Peluquería y Estética

Actividad Industrial

Los locales destinados a actividad industrial tendrán los siguientes requisitos:

Condiciones técnicas para cada tipo de actividad

Condiciones generales de los establecimientos INDUSTRIALES:
  • Ordenanza reguladora de publicidad exterior, rótulos, banderines y toldos.
  • Especial atención tendrá la Legalización de Instalaciones o instalación de aire acondicionado.
  • La legislación en materia de protección activa y pasiva frente a los incendios que se despliega en el Reglamento de Seguridad Contra Incendios en los establecimientos Industriales (de aplicación en industrias) y CTE BD SI.
  • Actividades sometidas a procedimiento de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.
  • Gestión de residuos.
  • Condiciones mínimas de los Centros de Trabajo Industriales o Normas Urbanísticas.
    CTE en su conjunto.
Requisitos de la Pequeña Industria, talleres artesanales:
  • Deberá justificarse la Carga al Fuego corregida y ponderada de las materias almacenadas y/o fabricadas.
  • Deberá cumplir las condiciones mínimas de los centros de trabajos industriales y Código Técnico de la Edificación.
  • Se cumplirán las especificaciones normativas de gestión de residuos.
  • Relación de máquina, potencia y baremos de ruidos y vibraciones.
Requisitos de los Locales o naves de almacenamiento:
  • Dependerá de la ubicación en el Polígono Industrial, edificio de viviendas o exclusivo.
  • Ventilación de forma exclusiva e independiente.
  • Forma de almacenaje que cumplirá las especificaciones RSCIEI.
  • Justificación de la carga del fuego corregida y ponderada según RSCIEI.

Normativa de aplicación

En este tipo de establecimientos deberá tenerse en cuenta toda la normativa de aplicación, debiendo prestar especial atención a:

  • El Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM),
  • La Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano (OGPMAU),
  • La Ordenanza de Publicidad Exterior (OPE),
  • La normativa específica de esta actividad
  • El Código Técnico de la Edificación, en especial a sus Documentos Básicos
  • Seguridad en caso de Incendio (CTE-DB-SI).
  • Seguridad de Utilización y Accesibilidad (CTE-DB-SUA).

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